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Facturación electrónica: ¿Y su marco legal cuándo?

ESFERA COMUNITARIA Édgar Rivera

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Facturación electrónica: ¿Y su marco legal cuándo?

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ESFERA COMUNITARIA Édgar RiveraFuente: Félix Vásquez

Estimados lectores, agradecemos las observaciones que nos han hecho a esta ESFERA COMUNITARIA en las pasadas dos entregas. Algunos de ustedes nos hicieron la observación de que no existen “facturas falsas”, sino “contribuyentes falsos”.

Sobre lo anterior les comento que no nos confundamos, los expertos en este tema y en seguridad señalan que tan sólo en San Pedro Garza García se encuentran las principales empresas que forman parte de una cadena de valor enfocada en producir facturación ilegal o apócrifa, a través de entes conocidos como “factureros”.

Y aquí sostengo que hace falta una mayor regulación e incluso contar con un marco legal bien estructurado, que le dé certidumbre a las operaciones de todos los participantes en este sector de la facturación electrónica.

Como es del dominio público en entregas previas abordamos el caso de Diverza, propiedad de José Luis Ayala, quien a pesar de tener adeudos millonarios con el SAT, que él mismo reconoció, le autorizaron crear una nueva razón social para seguir operando.

Pues bien, otro caso reciente es el hackeo a una base de datos obtenida ilegalmente, por parte de la firma internacional KPMG, en donde algunos de sus empleados descargaron del buzón tributario, todos los datos de sus clientes sin el permiso de los mismos. Para este firma prestigiada bastó con un reconocimiento público de su “error” y ya, sin embargo, la seriedad del incidente es TOTALMENTE ALARMANTE. (https://economicon.mx/2019/04/15/empleados-de-kpmg-mexico-descargaron-facturas-del-sat-sin-autorizacion-y-vulneraron-datos-personales-de-sus-clientes/)

En realidad, toda factura electrónica termina como información contable y representa un movimiento económico. Esta descarga masiva e ilegal por parte de KPMG le permitió a la gente involucrada conocer:

· Precios de compra

· Precios de venta

· Nóminas

· Pagos realizados

· Cobranza realizada

· Ingresos netos totales

· Egresos netos totales

· Conceptos transaccionados

Con esta información, cualquiera pudiera generar una pre-contabilidad de las empresas y así determinar el valor futuro de éstas, afectando así el precio de sus acciones, e impactando al público inversionista, sólo por mencionar alguno de los riesgos.

También la información puede ser vendida en un mercado negro en donde los competidores pueden adquirirla y así realizar estrategias contra la misma empresa afectando los intereses de los inversionistas.

La excusa de la autoridad para no intervenir es simplemente que fue el contribuyente quien le otorgó al tercero las llaves y mecanismos de control para obtener la información, lavándose así las manos. Postura muy conveniente si tomamos en cuenta las ventajas del caos. Dice un refrán que: “A río revuelto, ganancia de pescadores”.

Dado que este es un modelo relativamente nuevo, y México es pionero en tributación digital, pocos han logrado observar la magnitud del problema y la afectación a gente que quizás podría ver afectadas sus pensiones y ahorros por la ignorancia que impera sobre esta industria.

Hoy observamos cómo las personas entregan su firma electrónica directamente al contador. Esto es el equivalente a entregar hojas o cheques en blanco firmadas. Sin embargo, los ciudadanos hacen esta acción por desconocimiento de los riesgos e implicaciones.

Parecería que el SAT no tiene ningún interés en que los contribuyentes entiendan del riesgo, ya que este es el mismo medio por el cual esta autoridad analiza a los propios contribuyentes, y puede ser utilizado por terceros, en este caso KPMG, para analizar la información de sus clientes, sin su consentimiento.

Algunos expertos nos comentan que no existe ninguna razón técnica o legal, por el cual el SAT requiera tener la información concentrada a la hora de haberse emitido una factura. Si tan solo existiera una demora de al menos 30 días entre la emisión de una factura y el reporte al SAT, le darían oportunidad a las empresas de enterar primero al público inversionista antes de que la autoridad, o cualquier otra persona, pudiera tener la información y mal utilizarla.

El autor es economista de la UANL con Maestría de Análisis Político y Medios de Información en la Escuela de Graduados y Administración Pública (EGAP) del Tec de Monterrey.

Opine usted: erivera@elfinanciero.com.mx

Esta es una columna de opinión. Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad únicamente de quien la firma y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.

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